tramites al nacer un bebé

chicas os dejo ésto que he encontrado y puede ser útil:
1. INSCRIBIR AL NIÑO EN EL REGISTRO CIVIL

Entre 24 horas y 8 días después del parto. Si los padres están casados se puede encargar el papá.
Llevar original parte de Maternidad (papel amarillo que dan en el hospital), original DNI padre y madre, (en ambos DNI debe constar la dirección actual, si no, llevar certificado de empadronamiento), y original del Libro de Familia. Te inscriben al bebé en el libro de Familia.
Si los padres no están casados tienen que ir los dos al registro.
Si la madre es separada tiene que llevar la sentencia de separación. Es decir, madre separada que convive con otro señor y tiene un hijo con éste último.
En el caso de que el separado sea el padre, no hace falta.
En algunas comunidades puedes registrar al niño en la ciudad en la que vives, en otras en donde ha nacido, vamos que en cada sitio es de una manera así que es mejor informarse antes.

2. TRAMITAR CERTIFICADO DESCANSO MATERNIDAD EN CENTRO DE SALUD

Lo antes posible, pedir hora con el médico de cabecera en el Centro de Salud de nuestro barrio.
Pedir (probablemente, mandar al papá a que pida) al médico de cabecera impreso de alta por baja por enfermedad durante el embarazo (si hemos estado de baja durante el final del embarazo).
Solicitar (o mandar al papá a que solicite) al médico de cabecera el certificado de descanso por maternidad. Este certificado te lo dan por triplicado: una c0pia para tí, una c0pia para el inss, y una c0pia para tu empresa. Llevar tarjeta SS de la madre, original del libro de familia y el original del parte de maternidad.

3. EMPADRONAMIENTO DEL BEBE EN EL AYUNTAMIENTO

Hay que dirigirse a la oficina del padrón, puede ir cualquier familiar. Original del libro de familia con la inscripción del bebe y DNI original y c0pia de la persona que vaya. No es imprescindible, en el Registro Civil ofrecen hacerlo, pero nosotros sí fuimos a la Junta Municipal porque así tardan menos.

4. INSCRIBIR AL BEBE EN EL SERVICIO SANITARIO

4.1. DAR DE ALTA AL BEBÉ EN EL INSS
Acercarse a la oficina del INSS. La que te corresponde te lo pueden decir en el Centro de Salud de tu barrio. Hay que llevar el libro de familia donde aparece inscrito el bebe, tarjeta sanitaria Seguridad Social a la que se va a inscribir el bebé y DNI del mismo (si es a la SS del padre pues tiene que ir el padre y llevar su DNI). Ojo que si quieres apuntarlo a la SS de la madre tiene que ir a firmar la madre. Por cierto, en este paso está bien pedir el formulario M1 que tendremos que presentar en el paso 6, que nos dan junto con un par de papelitos que explico abajo.

4.2. DAR DE ALTA AL BEBÉ EN EL AMBULATORIO
Una vez se ha ido al INSS con la documentación que te dan y un certificado de empadronamiento del bebé dirigirse al ambulatorio para solicitar la tarjeta del bebé, y que le asignen pediatra (elegir horario, mañana o tarde).
Documentación INSS, certificado de empadronamiento bebe, DNI original y c0pia y tarjeta sanitaria del padre al que se haya inscrito el bebé (padre o madre).

5. CITA PARA LA PRUEBA DEL TALÓN

Por teléfono, para justo a los 7 días del nacimiento pedir cita con la enfermera para la prueba del talón y primera pesada del bebé. Ese día, después de que te pinchen al bebé, ya se pide la cita para la revisión de los 15 días, donde conocerás a su pediatra.
Por cierto, si tenéis seguro privado, yo pediría una cita con un pediatra privado antes de la revisión de los 15 días, para toma de contacto. Así os podéis quedar con el que más os guste: privado o SS.

6. SOLICITAR PRESTACIONES PARA MADRES TRABAJADORAS

6.1 PARA COBRAR LA BAJA DE MATERNIDAD INSS
Primero hay que ir a la empresa donde trabajamos, y darles una de las c0pias del certificado por maternidad para que en recursos humanos nos den el certificado de cotización. Yo lo hice por correo certificado y me lo mandaron por correo certificado, eso que gané. Además adjunté en la misma carta el parte de alta por baja de enfermedad común. Pedir, si no las tenemos, las tres últimas nóminas.
Después ir a la oficina del INSS, dentro del primer mes (la fecha de cobro es del 1 al 10 de cada mes). Solicitar formulario de prestación por maternidad (modelo M1), rellenando número de cuenta bancaria. Aportar original Libro de Familia, original y c0pia DNI madre, el certificado de cotización de la empresa, las 3 últimas nóminas, y el certificado de descanso por maternidad de la Seguridad Social.
Ojo que en este paso tenemos que adjuntar un papelito donde dice que cuánto % qeremos que nos retenga Hacienda por la prestación de maternidad, si no queremos un palo en la renta de ese año poner el mismo que tenemos en la nómina. También tenemos que adjuntar un papelito que es una “comunicacion de datos al pagador”, para que Hacienda sepa que nos tiene que retener de la prestación.
Si la madre es autónoma, en lugar de el certificado de cotización de la empresa, hay que hacer una declaración jurada y firmada diciendo tus datos, dirección fiscal y actividad a la que te dedicas. También hay que llevar las copias de los recibos de la seguridad social en lugar de las 3 últimas nóminas. Además te dan un impreso (no recuerdo el nombre) en el que tienes que indicar que pasa con tu actividad mientras estas de baja (si no hay actividad o contratas a alguien para que siga con ella). No recuerdo si hacia falta llevar los impresos de alta de autonomos, pero ya puestos mejor llevarlos.

6.2 PARA COBRAR LA PRESTACIÓN DEL GOBIERNO DE 100 EUROS
Llamar al teléfono de la AEAT 901 200 345, se facilitan todos los datos del impreso 140 a través del teléfono y hace falta tener presente la declaración de la renta, ya que piden datos. Podeis pedir el impreso 140 cuando vais al INSS o descargarlo de Internet para ver todas las cosas que te van a preguntar, como el numero de la Seguridad Social, datos de la declaración de la renta del 2004, número de cta. bancaría, etc. Si nos retrasamos en pedir esta ayuda, los meses que nos retrasemos nos vendrán como devolución en la renta, no como ingreso de 100 euros. También te informan de que si pides excedencia tienes que volver a llamarles para devolverles los 100 euros de los meses que no curres por excedencia.

No es una ayuda, es una deducción a mayores de 1.200 euros para madres trabajadoras hasta que el niño/a cumpla 3 años.
Se puede hacer de dos maneras:
1º.- En el ejercicio del año del nacimiento del bebé, deducir 1.200 euros cuando se hace la declaración.
2º.- Solicitar por adelantado el abono de dicha cantidad, a razón de 100 euros al mes.
Creo importante hacer esta aclaración ya que varias madres del foro de Telva hemos tenido problemas al hacer la declaración de este año.
La inmensa mayoría piensa que es una ayuda y no es así. Las ayudas no deben declararse, sino, dónde está la gracia?

Si tienes el certificado electronico lo puedes solicitar por internet y te ahorras un paseo.

7. PARA LA VUELTA AL TRABAJO

Comunicar al pagador el cambio de datos fiscales. Solicitar con la antelación debida posibles reducciones de jornada, excedencias, etc.

8. AYUDAS

Si se va a solicitar guardería, mirar las convocatorias de guardería pública (en marzo) o las de ayuda para la escuela infantil privada (en mayo-junio).
Según comunidad autónoma ver si existen otras ayudas disponibles.
Solo para las que vivais en la comunidad de Madrid. La comunidad da 100 euros por cada bebe nacido, no importa si la madre trabaja o no. El impreso para pedirlo me lo dieron en el registro civil, y ahi explican que fotocopias tienes que adjuntar y donde entregarlo. 

  Reportar al moderador    Reporte guardado   
  El administrador ha desactivado el acceso a escritura pública. 

   
Lista de foros  Categorías del foro  Trámites