Home › Foros › Donación de óvulos y esperma › Alguna abogada??? porfi
- Este debate tiene 8 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 8 años, 2 meses por
pirosca.
-
AutorEntradas
-
20 de noviembre de 2017 a las 18:08 #58629120 de noviembre de 2017 a las 18:59 #921310
Dorju
ParticipanteTe pego aquí la ley de reproducción asistida, bueno es el trocito que te interesaría, no hay nada que hable de la edad de la donante:
CRIOCONSERVACIÓN Y OTRAS TÉCNICAS COADYUVANTES DE LAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA.
Artículo 11. Crioconservación de gametos y preembriones.1. El semen podrá crioconservarse en bancos de gametos autorizados durante la vida del varón de quien procede.
2. La utilización de ovocitos y tejido ovárico crioconservados requerirá previa autorización de la autoridad sanitaria correspondiente.
3. Los preembriones sobrantes de la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo podrán ser crioconservados en los bancos autorizados para ello. La crioconservación de los ovocitos, del tejido ovárico y de los preembriones sobrantes se podrá prolongar hasta el momento en que se considere por los responsables médicos, con el dictamen favorable de especialistas independientes y ajenos al centro correspondiente, que la receptora no reúne los requisitos clínicamente adecuados para la práctica de la técnica de reproducción asistida.
4. Los diferentes destinos posibles que podrán darse a los preembriones crioconservados, así como, en los casos que proceda, al semen, ovocitos y tejido ovárico crioconservados, son:
Su utilización por la propia mujer o su cónyuge.
La donación con fines reproductivos.
La donación con fines de investigación.
El cese de su conservación sin otra utilización. En el caso de los preembriones y los ovocitos crioconservados, esta última opción sólo será aplicable una vez finalizado el plazo máximo de conservación establecido en esta Ley sin que se haya optado por alguno de los destinos mencionados en los apartados anteriores.
5. La utilización de los preembriones o, en su caso, del semen, los ovocitos o el tejido ovárico crioconservados, para cualquiera de los fines citados, requerirá del consentimiento informado correspondiente debidamente acreditado. En el caso de los preembriones, el consentimiento deberá haber sido prestado por la mujer o, en el caso de la mujer casada con un hombre, también por el marido, con anterioridad a la generación de los preembriones.
6. El consentimiento para dar a los preembriones o gametos crioconservados cualquiera de los destinos citados podrá ser modificado en cualquier momento anterior a su aplicación.
En el caso de los preembriones, cada dos años, como mínimo, se solicitará de la mujer o de la pareja progenitora la renovación o modificación del consentimiento firmado previamente. Si durante dos renovaciones consecutivas fuera imposible obtener de la mujer o de la pareja progenitora la firma del consentimiento correspondiente, y se pudieran demostrar de manera fehaciente las actuaciones llevadas a cabo con el fin de obtener dicha renovación sin obtener la respuesta requerida, los preembriones quedarán a disposición de los centros en los que se encuentren crioconservados, que podrán destinarlos conforme a su criterio a cualquiera de los fines citados, manteniendo las exigencias de confidencialidad y anonimato establecidas y la gratuidad y ausencia de ánimo de lucro.
Con anterioridad a la prestación del consentimiento, se deberá informar a la pareja progenitora o a la mujer, en su caso, de lo previsto en los párrafos anteriores de este apartado.
7. Los centros de fecundación in vitro que procedan a la crioconservación de gametos o preembriones humanos de acuerdo con lo establecido en este artículo deberán disponer de un seguro o garantía financiera equivalente que asegure su solvencia, en los términos que se fijen reglamentariamente, para compensar económicamente a las parejas en el supuesto de que se produjera un accidente que afecte a su crioconservación, siempre que, en el caso de los preembriones crioconservados, se hayan cumplido los procedimientos y plazos de renovación del consentimiento informado correspondiente.
21 de noviembre de 2017 a las 09:21 #921681beia
ParticipanteNO SOY ABOGADA NI CONOZCO A NADIE PERO LO SUBO PARA VER SI TE PUEDEN ECHAR UNA MANO, ESPERO QUE NO SEA NADA GRABE
BESOS
21 de noviembre de 2017 a las 09:23 #921684xamai
MiembroAqui estoy yo tambien, tampoco soy abogada pero apoyando siempre.
Mil besotes, wapa23 de noviembre de 2017 a las 13:57 #922721Dalarna
ParticipantePosi carirño espero sea un tema de fácil solución no soy abogada pero si muuu justa asi que espero tenga justicia el caso…
Te mando este post que puede te ayuda.suerte wapa
Para cualquier consulta te contestan profesionales y diversas opiniones siempre dentro del marco legal.
24 de noviembre de 2017 a las 09:10 #923002pirosca
MiembroGracias guapa, me e registrado y echo la consulta a ver si me responden
:-*24 de noviembre de 2017 a las 10:43 #923092concheta
Participantehola soy abogada. si quieres exponer la consulta, intentaría estudiarlo.
25 de noviembre de 2017 a las 09:35 #923699beia
ParticipanteUP LO SUBO POR SI POSITIVA NO LO HA VISTO
25 de noviembre de 2017 a las 09:48 #923717pirosca
MiembroGracias Lovela, si le mande un privi y ya me a contestado y me aclarado algo, es un cielo :-*
-
AutorEntradas
- Debes estar registrado para responder a este debate.
