Duda sobre embriones vitrificados y fallecimiento de la pareja

Hola:

El otro día Martrey puso un post preguntando por el tema de las herencias en caso de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, y si ésta no tuviera hijos.

A raíz de eso, me ha surgido la duda de qué pasaría, de cuál es la legislación en caso de tener embriones vitrificados (en mi caso procedentes de una ovodonación) y de que el marido falleciera, ¿qué pasaría con esos embriones? ¿Debe firmar el marido algún papel para permitir que su mujer se los pueda transferir o es de recibo que ella se los puede transferir sin que haya ningún documento firmado por su pareja dando la autorización en caso de fallecimiento? 

Es que una no quiere pensar en eso, pero pasan tantas cosas en esta vida y tantos herederos esperando…