Home › Foros › General de infertilidad › Ya hice el TESTAMENTO, dudas en la pag 4, espero que os ayude.
- Este debate tiene 54 respuestas, 20 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 5 años, 7 meses por carmonapg74.
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17 de abril de 2018 a las 09:29 #100305517 de abril de 2018 a las 10:49 #1003116patirke9Miembro
Gracias Martney,
Pues soy de Madrid, y la verdad que no he estudiado derecho pero algo he leido por una movida de mi marido con un tema de su abuela, independientemente de las comunidades en su día ley que existen tres maneras de heredar.
1) la total, que implica que se fusiona todo el patrimonio, para lo bueno y lo malo.
2) por inventario, quiere esto decir que en los 30 días siguientes al fallecimiento los herederos podran determinar que tipo de herencia quieren, esta lo que hace es que si hubiera alguna deuda se paga con los bienes del fallecido si que a ti te afecte.
3) renuncia a la herencia.POr otro lado esta el tema de poder desheredar, salvo como ya han explicado anteriormente tienes que demostrar que han querido matar al fallecido.
De cualquier modo la linea de sucesion en la herencia es para arriba sino hay descendientes lo que implica los padres, y si estos ya no vivieren pasan a la linea horizontal, es decir hermanos del fallecido.
Sino fuera asi ¿entonces?, si no hay padres, quien hereda ¿el estado?, eso si que tampoco me parece serio, pero insisto que soy una profona, que no tengo mucha idea y todo esto por lo leido en alguna ocasion.
No obstante creo que lo mas sensato es hacer un testamento, por que ahora me estoy leyendo la ley que ha pasado otra forera, y sería una faena que quedaran ovacitos, mi marido falleciera y no pudiera transferirlo. Esto es mas complejo de lo que parece.
17 de abril de 2018 a las 11:26 #1003134patirke9MiembroFe de erratas:
En realidad quería decir que soy una profana y no profona..
por otro lado que quedaran embriones crioconservados y yo no pudiera hacer nada si posterior al fallecimiento de mi costi, quisiera transferirlos, segun he leido en esa ley, solo es posible si el marido fallece en mitad de un tratamiento pro que ya dió su consentimiento pero si los dejas congelados.. que nos pillen confesados.
20 de abril de 2018 a las 06:44 #1004306LeimbachMiembroLas herencias van por linea de consanguineadad, primero hacia abajo de 1º orden (hijos), 2º orden (nietos) y sino hay nadie por abajo, hacia arriba 1º padres, 2º hermanos, 3º sobrinos.
Sin embargo no heredan familiares politicos, osea no tiene derecho tu cuñada, tu yerna etc…………. porque las herencias en principio son de caracter privativo y por consanguineadad.
Lana tiene razón luego para hacerse herederos hay varias formulas legales, como comenta lana y depende mucho de los herederos.
1) la total, que implica que se fusiona todo el patrimonio, para lo bueno y lo malo. ESTO QUIERE DECIR QUE ASUMES TODO, DEUDAS, ETC…………..
2) por inventario, quiere esto decir que en los 30 días siguientes al fallecimiento los herederos podran determinar que tipo de herencia quieren, esta lo que hace es que si hubiera alguna deuda se paga con los bienes del fallecido si que a ti te afecte. SE SOLICITA UN INVENTARIO DE BIENES Y SU VALOR, DONDE PRIMERO SE DEBE PAGAR A LOS ACREEDORES Y LUEGO REPARTIR LA HERENCIA. ESTO TAMBIEN PERMITE A LOS HEREDEROS LEGALES EXIGIR COMPENSACIÓN SI NO SE LLEGA AL MINIMO DE LEGITIMA, ETC………
3) renuncia a la herencia. CUANDO NO QUIERES HACERTE HEREDERO DE NADA O NO TE INTERESA.
30 de septiembre de 2018 a las 14:06 #1083702maravillasMiembroBueno chicas para quien le interese.
Hoy hemos hecho el testamento, y os explico en plan cateto tal como me lo ha explicado a mi el notario.
Si no hay testamento y en el caso de faltar por ej mi marido, estoy obligada a darle casi la mitad del piso a mis suegros, incluso si ellos quieren también me pueden echar a la calle, al no tener hijos.
Eso si, si tengo testamento, aunque no me libra de pagarle la parte a mis suegros, pero la cuantía no sería tanto sería una sexta parte, por ej de 30 millones le tendría que pagar 5 millones, y no me podrian echar del piso al dejarme mi marido el usufructo.
En el caso que no haya testamento, y mis suegros no vivan, si tendría también que darle una parte a los hermanos de mi marido, pero en el caso que haya testamento al dejarme mi marido el usufructo,(uso y disfrute de la vivienda), palabras textuales del notario, mis cuñados serían un 0 a la izquierda, ya no tendrian ni voz ni voto, y no podrian reclamar nada.Aparte tenemos una clausula puesta, que no tienen derecho ni a coger abogados, ni reclamar, tienen que acatar lo que hay, porque asi lo hemos decidido nosotros.
Ya de camino hemos metido el tema de los hijos, por si hubiera un milagro y viniera alguno, lo hemos dejado claro como los suegros, el uso y disfrute de la vivienda es para mi marido y para mi, cuando faltemos, pues para ellos, chicas hay que salvarse las espaldas.
Espero que os haya a alguna ayudado, el tema del testamento
30 de septiembre de 2018 a las 17:34 #1083825jodialaGausnuffbycParticipanteGracias Mart.No había leído este post hasta ahora, y me ha entrado en poco de tembleque.A mí siempre me ha dicho su familia que tranquila, pero ya sabes, yo no estoy muy tranquila cuando pasan las cosas es cuando se le ve el plumero a la gente y luego ya no hay remedio, además por muy bien que nos llevemos, si por desgracia pasa algo(Dios no lo quiera) al fin y al cabo soy la nuera eso está claro.No crees? Me alegro que tú lo tengas arreglado.
30 de septiembre de 2018 a las 17:38 #1083826maravillasMiembroIlusión hoy mismo me ha dicho el notario, que tiene muchos problemas de este tipo, que la suegra es “””””buena”””””, mientras el hijo esta vivo, diciendo que ella jamás te echaría y cosas por es estilo, después cuando el hijo falta y la mujer reace su vida, porque es ley de vida, ahí llegan los problemas…
Yo que quieres que diga, dios quiera que nunca tenga que usar el testamento, pero por si las moscas, yo me he medio salvado las espaldas, que nunca se sabe…
30 de septiembre de 2018 a las 20:27 #1083950yasuriMiembroTengo que hacer un inciso:
También se puede repudiar una herencia, en este caso y solo en este, no te haces cargo de ninguna carga fiscal, ni de gastos asociados. Si ha pasado poco tiempo desde el fallecimiento se recomienda la renuncia, pero para renunciar a una herencia primero has de aceptarla y si hubieran pasado 3 años, por ejemplo, te pueden reclamar los gastos de esa herencia hasta la fecha de la renuncia; sin embargo el repudio de la herencia no implica aceptación alguna, por tanto, no hay costes de ningún tipo independientemente de cuando se repudie.… ¿se nota mucho que yo hice un repudio?
1 de octubre de 2018 a las 05:42 #1084024jodialaGausnuffbycParticipanteque va nada de nada… jeje
oye sueñodorado, pero es aconsejable repudiarla siempre? no se si lo he entendido bien1 de octubre de 2018 a las 08:44 #1084094carmonapg74ParticipanteYo hice testamento hace unos dos años, pusimos que todo lo que tenemos pase al miembro de la pareja que no fallezca y en caso de fallecer los dos a nuestra hija y a los que pudieramos tener… :…pero siempre cuando hallamos fallecido los dos mientras tanto es mio o de mi marido.
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