Skip to content

¿Podría ocurrir en España que un donante de esperma tuviese numerosos hijos?



Estábamos acostumbrados a oír este tipo de casos sobre donantes de espermas en países como Estados Unidos donde la donación de gametos, sobre todo esperma, tiene unas limitaciones mucho menos estrictas que en España.

En España concretamente son seis hijos nacidos vivos el máximo permitido, tanto para donantes de esperma como de óvulos. Está claro que las donantes de óvulos que se tienen que someter a un duro tratamiento y a una operación tienen más limitadas las donaciones y por tanto el riesgo es menor, pero en el caso de los donantes de esperma no es así, máxime cuando en nuestro país permanecemos sin un Registro Único de Donantes.

¿Qué quiere decir esto? Sencillamente que un donante de esperma podría donar cuántas veces quiera en diferentes clínicas y en diferentes ciudades. Es decir, también podríamos levantarnos en España un día de estos con la noticia de que un donante se saltó la Ley y tiene en su haber más de 50 hijos nacidos fruto de sus donaciones.

Las clínicas tratan de evitarlo y a través de test psicológicos pueden llegar a determinar si un candidato ha podido ya haber estado donando en otra clínica, pero evidentemente no es un procedimiento que garantice una total seguridad y se les ha podido escapar más de uno.

También los centros de reproducción asistida ponen sus propias limitaciones en el número de donaciones, dado que algunas no terminan en embarazo, y en muchos casos las establecen en 10-12 por persona.

Nadie controla que nazcan en España como máximo seis niños de un mismo donante de semen o de óvulos, como establece la ley. Y en estos momentos hay decenas de jóvenes que están donando en los más de 150 centros de reproducción asistida españoles.

Nada que decir cuando también se está recurriendo a bancos de esperma internacionales en los que habría que ver igualmente el número de donaciones de ese donante para saber si cumple con la Ley. Con esto queda claro que, a fecha de hoy, es imposible garantizar el número de niños que están naciendo de cada donante.

Este incumplimiento va mucho más allá ya que existe una directiva europea que obliga a indicar la “trazabilidad de los gametos”, es decir, su recorrido desde su procedencia hasta su destino, y esto es otra de las cosas que tendría que contemplar el tan esperado Registro Único. Pero además, tampoco se puede saber el número de embriones congelados que hay en España, porque tampoco hay datos.

La futura norma llenaría un vacío legal que lleva años sin cubrirse en España, tal y como recordaron hace dos años la Sociedad Española de Fertilidad (SEF) y la Asociación para el Estudio de la Biología de la Reproducción (Asebir), que presentaron un texto conjunto sobre el Real Decreto europeo RD 1301/2006, que establece un marco para garantizar la trazabilidad de cualquier muestra biológica, algo que España cumple, con la excepción del registro de donantes de gametos. La regulación al respecto lleva pendiente décadas, ya que Ley de Reproducción Asistida de 1988 ya solicitaba la creación de este registro.

El Ministerio de Sanidad lleva años evadiendo y retrasado un cuestión que es de vital importancia, cuando la Ley de reproducción asistida de 1988 ya contemplaba el desarrollo de un registro de donantes y desde entonces estamos apoyando para que se cree.

Lo último que se supo al respecto fue, durante una Rueda de Prensa de la SEF (Sociedad Española de Fertilidad) el año pasado, en la que Sanidad tenía ya el borrador de proyecto de Real Decreto que contempla los criterios para seleccionar y evaluar las donaciones de células reproductoras. Más que nada porque Europa, a través de Eurocet  (Registro Europeo de Órganos, Células y Tejidos), le estaba instando a que cumpliese la legalidad de una vez por todas. Entonces parecía que todo iba por buen camino, pero la realidad es que de momento seguimos a la espera.

El BOE del pasado mes de julio modificó la Ley 14/2006 de Reproducción Asistida y facultó al Ministerio de Sanidad para que ese Registro Nacional se pudiese llevar a cabo mediante sociedades científicas (vease la SEF), a quienes consideran con la suficiente experiencia y capacidad para llevarlo a cabo.

Países que permiten más de seis hijos nacidos vivos por donante

Esto se establece muchas veces en función de la densidad de población de la zona en cuestión mediante un estudio probabilístico sobre la posibilidad de que haya contacto potencial entre personas concebidas a partir del mismo progenitor.

En Estados Unidos, por ejemplo, no existe un número determinado y establecido como legal de donaciones. Se ha establecido de forma inestable en 25 niños por cada 800.000 habitantes. Y cuentan con más de 60.000 niños nacidos al año por estas técnicas, lo que eleva la preocupación de muchos padres ante la posibilidad de que un donante se extralimitase.